SISTEMAS ADMINISTRATIVOS DEL ESTADO PERUANO
¿Qué son los sistemas administrativos?
Se trata de una serie de principios ordenados que ayudan y asegurar la
correcta ejecución del presupuesto público en distintos aspectos. Según la ley
orgánica, existen 11 sistemas administrativos, los cuales son los siguientes:
- Recursos Humanos: referente a la
contratación y capacitación de personal.
- Abastecimiento: sobre la
adquisición de bienes y servicios por las entidades.
- Presupuesto: para atender la
elaboración del presupuesto público.
- Tesorería: acerca de la
gestión de pagos y cobros.
- Endeudamiento: para gestionar
la deuda pública y opciones de financiamiento.
- Contabilidad: el registro de
los ingresos y egresos económicos.
- Inversión: para el diseño
de proyectos y programas de inversión.
- Planeación: sobre el diseño
de planes, políticas y programas articulados.
- Defensa Jurídica: se encarga de
las relaciones jurídicas y la defensa del Estado.
- Control: encargada del
control interno de las operaciones.
- Modernización: atañe a la
mejora continua de las actividades y tareas de las entidades.

¿Qué son los Entes Rectores?
En lo que se refiere a los entes
rectores, cabe señalar que la legislación aplicable los define en su artículo
44. Por consiguiente, un “ente rector” es la autoridad de orden nacional que se ocupa
del dictado de las leyes y los mecanismos de funcionamiento de las dependencias
a su cargo.
¿Cuáles son las principales funciones de los Entes
Rectores?
Las funciones específicas se enumeran en
el artículo 47 de la Ley N° 29.158:
1. Programación,
dirección, coordinación y control de gestión.
2. Emisión
de las normas de trabajo.
3. Actualización
y revisión continua de los procesos y sus reglamentaciones.
4. Dictamen
vinculante sobre la materia.
5. Capacitación
y difusión.
6. Registración
y emisión de reportes de gestión.
7. Promoción
de la mejora continua.
¿Quiénes constituyen los Entes Rectores de los
sistemas administrativos del estado?
Los principales entes rectores del
sistema son el PODER EJECUTIVO DE LA NACIÓN y la Contraloría General. El
primero ejerce sus funciones a través de los Ministerios que lo integran.
Por otra parte, se pueden enumerar las
siguientes relaciones entre organismos y entes rectores:
·
Recursos Humanos:
Presidencia del Consejo de Ministros – Autoridad Nacional de Servicio Civil
(SERVIR):
Comprende el dictado de normas y procedimientos para el adecuado funcionamiento
de la gestión de los recursos humanos. Es decir, las reglas que
van a regir al personal que trabaja en las diferentes dependencias estatales.
·
Abastecimiento: Ministerio
de Economía y Finanzas – Organismo Supervisor de Contrataciones (OSCE):
Es el ente que se ocupa de dictar las reglas, fijar los objetivos, distribuir las tareas y
funciones de sus dependientes necesarios para la gestión de la compra de
insumos materiales. En definitiva, se ocupará de captar
los requerimientos y contactar a los proveedores externos.
·
Presupuesto Público:
Ministerio de Economía y Finanzas – Dirección Nacional de Presupuesto Público:
En este caso, el ente se
ocupa de la realización de todas las
etapas que involucran la elaboración, aprobación, ejecución y control del
presupuesto del estado.
·
Tesorería: Ministerio de
Economía y Finanzas – Dirección Nacional del Tesoro Público:
Este sistema está compuesto
por las normas, procedimientos y entidades que se ocupan de la
gestión del erario público. Esta función la cumple para
todas las fuentes de ingresos del estado nacional.
·
Endeudamiento Público:
Ministerio de Economía y Finanzas – Dirección Nacional de Endeudamiento
Público:
Está constituido por el cuerpo legal, las entidades y procesos
necesarios para la gestión de las fuentes financieras externas cuyo
plazo de realización excede los doce meses.
·
Contabilidad: Ministerio de
Economía y Finanzas – Dirección Nacional de Contabilidad Pública:
Está compuesto por los
organismos e instrumentos de aplicación de los principios de contabilidad
generalmente aceptados. Se ocupa de
las gestiones inherentes a la registración de las transacciones, emisión de
informes y balances, aplicación de normas de control interno.
·
Inversión Pública:
Ministerio de Economía y Finanzas – Dirección General de Programación
Multianual del Sector Público
Está constituido por el conjunto de normas, procedimientos y organismos
destinados a eficientizar las necesidades de inversión en el estado nacional.
Interviene en la totalidad de los pasos a seguir para lograr el cumplimiento de
las metas de inversión, desde la elaboración del proyecto hasta la
contratación, control de la ejecución y aprobación de la obra entregada.
·
Planeamiento Estratégico –
Presidencia del Consejo de Ministros – Centro Nacional de Planeamiento
Estratégico:
Este organismo se ocupa del desarrollo de los planes estratégicos, definición de
los objetivos y metas necesarios para cumplir con las directrices
gubernamentales. En general, se orienta al largo y mediano
plazo. Asimismo, elabora los indicadores necesarios para la toma de decisiones
efectivas y eficientes.
·
Defensa Judicial del Estado:
Ministerio de Justicia – Consejo de Defensa Jurídica del Estado:
Lo integra el conjunto de Procuradores que se ocupan de la defensa del estado en
juicio. También interviene en resoluciones de conflictos
extrajudiciales y en el asesoramiento.
·
Control: Contraloría General
de la República.
Es el órgano rector independiente del Poder Ejecutivo Nacional cuya
función es garantizar la transparencia en la gestión gubernamental. Ejerce
funciones de auditoría interna y externa de los procesos y operaciones del
estado.
·
Modernización de la Gestión
Pública: Presidencia del Consejo de Ministros – Secretaría de Gestión Pública:
Es una unidad de apoyo a la alta dirección que
se ocupa de la gestión del proceso de modernización, diseño de procesos,
estrategias y métodos, comunicar y gestionar la relación con el ciudadano.
Referencias:
https://cegepperu.edu.pe/2020/09/28/cuales-son-los-sistemas-administrativos-del-estado-peruano/
https://hegel.edu.pe/blog/sistema-de-modernizacion-de-la-gestion-publica-en-peru-al-2021/
LEY N°
29158 - LOPE